Martín Becerra: estudio sobre La ley de Medios

Por Martín A. Becerra

Universidad Nacional de Quilmes - Conicet

@aracalacana

http://martinbecerra.wordpress.com/

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Nota de LC: esta es la primera de las tres notas que el amigo Martín, el principal experto académico en medios de comunicación en la Argentina, accedió a escribir para R.U.S; las partes restantes serán publicadas en los próximos días. Para que el material, seguramente utilizado por docentes y alumnos de carreras afines, esté siempre disponible, hemos creado una página específica, que al desplegar, en la barra de arriba el menú denominado "pages" aparecerá como Martín Becerra.

PRIMERA PARTE


Ciudadanía inconclusa: los medios comunitarios y alternativos frente a la política de medios



Por Martín Becerra (profesor de la Universidad Nacional de Quilmes y de la UBA, Investigador del Conicet. Su blog es Quipu, http://martinbecerra.wordpress.com/ y en Twitter es @aracalacana)


Esta es una serie de tres artículos relativos a la estructuración del sistema de medios en la Argentina a casi cinco años de la sanción de la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual y en un contexto de intenso debate social y político sobre el rol de los medios, sobre sus intereses y sobre su futuro amenazado por la creciente digitalización de los usos sociales de la comunicación y la cultura.

El primer artículo clasifica en categorías a los medios de comunicación e identifica los principales rasgos de los distintos tipos de medios en la Argentina; el segundo analiza la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual de 2009 y su proceso de implementación hasta el presente; y el tercer artículo enfoca el sector “sin fines de lucro”, en particular el caso de los medios comunitarios y alternativos. Estos medios pujan por ser reconocidos en un contexto de fuerte concentración de la propiedad del sistema de medios y de políticas gubernamentales que enuncian el carácter inclusivo de la norma audiovisual pero que no tienen lugar en su agenda para concretar la formalización del sector que estuvo históricamente postergado del acceso a licencias, obstruyendo así su plena ciudadanía comunicacional.

El objetivo de la serie de artículos es contribuir a la reflexión sobre la organización del sistema de medios en la Argentina y, en particular, del sector de medios comunitarios y alternativos. Para ello, se presenta un breve balance de la ley audiovisual y de otras políticas de comunicación desarrolladas en los últimos años a modo de contexto que permite comprender las limitaciones específicas que afectan al sector de medios comunitarios y alternativos. En otros artículos se ha analizado en detalle el resto de las categorías de medios, la convergencia tecnológica, los ejes de la ley audiovisual, su judicialización y su tortuoso proceso de implementación (ver al respecto el blog Quipu del autor, http://martinbecerra.wordpress.com/).


Primer artículo
Vasallos y mecenas: el sistema de medios argentino como mercado protocapitalista



La estructura del sistema de medios argentino dista de ser homogénea y asume formas de funcionamiento que son fronterizas entre lógicas feudales y capitalistas, a pesar de que hasta 1975 la Argentina había contado con un vigoroso mercado editorial y audiovisual más maduro en términos de relaciones productivas propias del capitalismo. Pero esa estructuración fue cambiando, degradándose, y hoy, junto con transformaciones tecnológicas que no son objeto del presente artículo pero que impactan en el sistema de medios al digitalizar su producción, circulación y consumo, está protagonizada por cuatro categorías de medios que, a grandes rasgos, responden al siguiente punteo:

  1. en primer lugar, un bolsón minoritario de empresas capitalistas consolidadas que mercantilizan sus productos y obtienen importantes ganancias con ellos. Estas empresas integran conglomerados que intervienen simultáneamente en distintas industrias de comunicación y cultura, como los casos de Canal 13 (grupo Clarín) o Telefé (grupo Telefónica) de la ciudad de Buenos Aires, cuya diversificación es amplia y dominante en muchos de los mercados en los que operan. Destacar la matriz capitalista de estas empresas no supone desconocer que una parte del proceso de consolidación de sus grupos controlantes fue posible gracias al amparo estatal a través de la asignación privilegiada de recursos, la obstrucción de la competencia, o la producción de regulaciones funcionales a la concentración oligopólica de mercados liderados por estas firmas. Incluso la emergencia de grupos como Indalo (de Cristóbal López), Szpolski o Electroingeniería puede analizarse a la luz de este amparo estatal;

  1. en segundo lugar, un grupo considerable de empresas de tamaño mediano y pequeño que aspiran a mercantilizar sus producciones pero que no llegan a sostenerse con ello y por consiguiente adoptan formas económicas que abarcan desde el vasallaje precapitalista con el que un empresario explota una licencia o edita un periódico y recibe un flujo de ingresos (generalmente publicitarios) que tiene como contraprestación el acceso privilegiado de empresas o políticos a su/s medio/s, sin que ello le impida aprovechar parcelas menores de generación de fondos propios; el mecenazgo informal que se crea a través de la dependencia de una fuente excluyente de ingresos (publicitarios o crediticios, como se evidencia en las empresas que viven básicamente de la publicidad oficial), el padrinazgo de caciques políticos (que en algunos casos es formal y en otros se ejecuta a través de testaferros), hasta el expandido alquiler y subalquiler de espacios de emisoras y periódicos que pondera el carácter privado de la propiedad del medio por encima del control editorial que, muchas veces, resulta tercerizado en productoras de distinto calibre. Este arrendamiento de espacios es también común a las otras tres categorías e indica que el sistema de medios como conjunto alienta una forma de rentismo que añade matices y mediaciones (económicas, editoriales, profesionales) a la organización jerárquica de la producción de información y entretenimientos y a la –obviamente desigual- participación de distintos actores en dicha organización; Este aspecto, insuficientemente considerado y menos aún estudiado en las Carreras de Comunicación del país, debería habilitar una discusión sobre la noción -vaga- de "manipulación informativa"

  1. en tercer lugar, un Estado que en sus diferentes niveles (Nación, provincias, municipios y eventualmente universidades e institutos de formación terciaria y media) opera medios audiovisuales con lógicas económicas mixtas que combinan el aporte del erario público (directo o a través de concursos) con la mercantilización de productos y espacios y que, en términos de lógica de uso, suele concebir a los medios que gestiona como dispositivo gubernamental  u oficial y no como espacio público abierto a distintas perspectivas ideológicas, culturales y políticas;

  1. en cuarto lugar, por un conjunto variopinto de medios históricamente excluidos de la ciudadanía comunicacional ya que estuvieron proscriptos por ley durante décadas y en el que conviven medios comunitarios, alternativos, populares, barriales, sindicales, cooperativos, campesinos y comerciales truchos. La escala organizacional y el sostén económico de este grupo es tan heterogénea como sus objetivos y formas de producción, pero conviven el alquiler y subalquiler de espacios, la venta de publicidad, el padrinazgo de una organización política, sindical o de movimientos sociales, el aporte de agencias de cooperación nacional e internacional, el más reciente acceso a concursos del FOMECA (Fondo de Fomento Concursable para Medios de Comunicación Audiovisual) en el marco de la implementación de la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual que, finalmente, los reconoció plenamente a nivel legal como parte del sector “sin fines de lucro”.



El recurso publicitario, que como fuente de financiamiento está presente en las cuatro categorías, se reparte de modo muy desparejo y existe una notable centralización de capitales por parte de los medios con mayores audiencias en el caso de la publicidad privada y de los medios más oficialistas en el caso de la publicidad estatal. Hay experiencias de nicho (medios dirigidos a grupos sociales específicos) que captan excepcionalmente recursos publicitarios (privados e incluso estatales) sin responder a las características mencionadas. Además, las estrategias publicitarias siguen siendo muy “analógicas” y los principales anunciantes apuestan mucho más a los medios tradicionales (televisión, radios, diarios y revistas) que a los medios digitales, aún cuando éstos concitan la atención de públicos que, en el caso de los diarios, multiplican con creces a los lectores de la versión papel del mismo periódico.  La torta publicitaria argentina es insuficiente para los medios comerciales existentes y en un escenario de ampliación de voces y multiplicación de plataformas de medios, requiere de un replanteo integral como estrategia de financiamiento.


En tanto, podría objetarse que las relaciones capitalistas del sistema de medios predominan si se repara en el tipo de trabajo asalariado de muchos de los emprendimientos del sector. Sin embargo, si se posa la mirada en el conjunto del sistema y en todo el territorio nacional, se concluirá que existen diversos tipos de organización del trabajo en los medios de comunicación argentinos y que el contrato de trabajo formal no predomina. Incluso en grandes organizaciones de comunicación hay formas de trabajo no asalariado y extensas zonas donde la precarización es la regla. La ausencia de un vínculo contractual estable es común a las cuatro categorías de medios enunciadas y abre una reflexión fundamental sobre el tipo de contraprestación no salarial -o no eminentemente salarial- que organiza una buena parte del proceso de trabajo en los medios de comunicación de la Argentina en pleno siglo XXI.

Por Martín A. Becerra

Universidad Nacional de Quilmes - Conicet

@aracalacana




Tercer artículo
Comunitarios y alternativos: ciudadanía inconclusa




La ley audiovisual menciona a organizaciones sin fines de lucro como sujeto con derecho de acceso a licencias de radio y televisión. Dentro de este sector se hallan fundaciones, cooperativas, sindicatos, es decir, organizaciones que pueden poseer gran envergadura y también grupos comunitarios y alternativos que, en la Argentina, cuentan con una fértil historia de emisiones clandestinas en procesos dictatoriales y alternativas, alegales o truchas a partir de la recuperación del régimen constitucional en 1983 mientras rigió un marco legal que sólo permitía como operadores a entidades con fines de lucro y al Estado (en un rol subordinado).

Un factor decisivo en la metamorfosis del sistema de medios desde la recuperación del régimen constitucional fue el surgimiento incesante de nuevas plataformas de emisión. Primero fueron las radios FM que desde 1980 modificaron el lenguaje radiofónico y segmentaron públicos y géneros. Además, en la salida de la Dictadura el dial se nutrió con la movilización social a través de experiencias comunitarias y barriales que, si bien se hallaban proscriptas, lograron en 2009 su reconocimiento legal (excepción hecha de la ley 26053/05 que tuvo escasa materialización). La combinación de un proceso social de expansión de las libertades individuales y colectivas con la disponibilidad de tecnologías de la comunicación (primero FM´s, más adelante abaratamiento de equipos televisivos y aprovechamiento de Internet como plataforma de distribución de contenidos) y un Estado que desde 1981 carece de un plan técnico que ofrezca información pública sobre la cantidad de frecuencias radiales y televisivas en cada localidad del país, arrojó un resultado que modificó en los hechos el panorama de los medios comunitarios, alternativos y locales desde comienzos de los ochentas (ver al respecto Vinelli, 2013).

La ley audiovisual se inscribe, como se señaló, en un paradigma de reconocimiento del derecho a la comunicación y a la cultura, en sintonía con la tradición que vincula la libertad de expresión con los derechos humanos contenida en la Declaración Universal de DDHH, en la Convención Americana de DDHH, en el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y en la profusa labor del Sistema Interamericano de Derechos Humanos (SIDH) en esta materia que canaliza la Relatoría Especial para la Libertad de Expresión.

Es decir que de estar vedado su ingreso formal a la ciudadela de los medios, hoy el marco legal reconoce el derecho a la ciudadanía de muchos sujetos (colectivos e individuales). Como metáfora, podría decirse que la plaza pública de los medios hoy reconoce el derecho de acceso a todos y no solamente a quienes pueden pagar para entrar. De ser una plaza arancelada se transformó, en el plano legal, en un espacio abierto. Claro que entre el reconocimiento del derecho y su efectiva materialización hay una enorme diferencia.



Si bien la norma audiovisual abrió el espacio legal para organizaciones sin fines de lucro, en los hechos continúan los obstáculos para el ejercicio de la plena ciudadanía comunicacional de estos grupos. Hay una cierta esquizofrenia entre una ley inclusiva y una realidad bastante áspera. Sería ingenuo creer que esta esquizofrenia sólo se circunscribe a la ley audiovisual: basta con leer el Artículo 14 Bis de la Constitución Nacional para advertir que entre las palabras y las cosas media un abismo que exhibe el carácter estructuralmente desigual de la sociedad argentina.

A pesar de que en 2010 el gobierno organizó un censo de emisoras con el objetivo de evaluar la ocupación del espectro radioeléctrico y las posibilidades de inclusión previstas por la ley, las licencias otorgadas para este sector son escasas y , en ausencia del plan técnico (como se dijo, es el mapa de frecuencias y operadores posibles de radio y televisión en cada una de las localidades del país), tampoco se realizan concursos en las zonas de mayor densidad poblacional.



Frente a este panorama adverso, los propios medios comunitarios y alternativos solicitan ante la autoridad estatal (Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual, AFSCA), obtener “autorizaciones precarias administrativas” como paliativo que signifique, al menos, un mínimo reconocimiento formal. Las autorizaciones provisorias persiguen varios objetivos: por un lado, con ellas las emisoras pueden postularse a los concursos de fondos en el marco del FOMECA destinados a proyectos especiales de comunicación audiovisual y apoyo a servicios de comunicación audiovisual, comunitarios, de frontera y de los Pueblos Originarios, lo que para muchas organizaciones es un círculo vicioso dado que el Estado les retacea la posibilidad de concursar y de obtener autorizaciones precarias pero exige estos papeles a la hora de distribuir fondos que la ley previó como incentivo para actores previamente excluidos de ciudadanía; por otro lado, porque ante la posibilidad de que el cambio de gobierno en 2015 se traduzca en una presidencia que intente restaurar la exigencia del lucro como condición de titularidad de licencias, al menos estas autorizaciones precarias constituirían un antecedente de reconocimiento estatal que los protegería en una apelación en sede judicial.

El gobierno ha demorado la atención que la ley asigna a este sector en parte porque su objetivo central ha sido la batalla contra el grupo Clarín y la reorganización de la correlación de fuerzas empresariales entre grandes grupos concentrados y en parte porque tomar la decisión de reorganizar el uso del espectro radioeléctrico en las grandes ciudades argentinas, donde el espectro está saturado por la cantidad de emisoras legales, alegales, paralegales e ilegales en funcionamiento, representaría la gestación de nuevos conflictos con muchos de los operadores. Esta es una de las razones que explican la ausencia de plan técnico y la consecuente imposibilidad de organizar concursos en las ciudades argentinas (los concursos vigentes, que son un avance, se centran en localidades de baja densidad demográfica y ausencia de conflicto en el uso del espectro radioeléctrico).

No obstante, aun considerando esta razón, el Estado podría definir políticas de asignación de las frecuencias cuyo plazo de explotación va venciendo, de manera de poder ir cubriendo algunas de ellas con organizaciones sin adscripción al lucro en una planificación a medio término, con el objetivo de alcanzar el objetivo del 33%. Pero a la vez, el Estado debe definir políticas de aliento y sostenibilidad tanto para el sector comercial como para el sin fines de lucro, revisando los criterios actuales de asignación de fondos que fueron fijados por reglamentación posterior a la ley (y que una nueva reglamentación podría perfectamente modificar) para ampliar la base de potenciales beneficiarios.

Si el Estado no define una política en la materia en los próximos tiempos, el recambio presidencial en 2015 hallará a una nueva administración que podrá excusarse por no adoptar iniciativas para este sector por la inercia de desinterés que el mismo viene teniendo en las políticas públicas.





El mercado de medios de la Argentina es inestable y tiene problemas de subsistencia. De las cinco mil estaciones de radio que funcionan en el país, menos del 3% se autofinancia sólo con publicidad comercial. Las empresas de televisión abierta, sector que absorbe el 35% de la torta publicitaria, sostienen que no son rentables. Los canales líderes en audiencia son una excepción, pues generan ganancias basadas en su amplia red de transmisión en cadena en el horario central (prime time) y en la exportación de contenidos. A diferencia de los medios abiertos y generalistas, la televisión por cable es redituable, pero su mercado dista de ser abierto a la concurrencia, ya que es cautivo del proveedor dominante: en muy pocas ciudades hay más de una oferta. En este caso, el operador obtiene beneficios pero nada impide que abuse de su posición y traslade márgenes excesivos de ganancia al precio del servicio, que paga el usuario. Su modelo de negocios se asimila al de las telecomunicaciones, aunque en la última década le añadió al pago del abono la facturación publicitaria.

La esperanza de ampliar las voces que acceden a la titularidad de los medios, alentada por la ley audiovisual, podría marchitarse si no se resuelve de modo claro, ecuánime y con reglas públicas esta cuestión crucial. También la sustentabilidad de los medios que gestiona el Estado reclama atención no sólo por su importancia cultural, sino también por la dimensión económica. Para comprender la magnitud del problema es preciso reconocer que los medios comerciales no hubieran sobrevivido a sucesivas crisis sin el diligente auxilio prestado por las administraciones a través de la periódica condonación de deudas fiscales y previsionales, la venta de pliegos de televisión y radio a precios irrisorios, el socorro financiero para evitar la convocatoria de acreedores, la desgravación impositiva, los subsidios eléctricos, los regímenes de competitividad, la extensión de plazos de explotación del negocio, el congelamiento de la venta de pliegos como impedimento para el ingreso de competencia, el incumplimiento de obligaciones de inversión como el soterramiento del cable, entre otras medidas. Esto constata que existe una periódica intervención del Estado para otorgar discrecionalmente ayudas al sistema de medios, y que el panorama es más complejo y diverso que el capítulo de la publicidad oficial.

En casi todos los países de Europa existen sistemas amplios y ecuánimes de “ayudas a la prensa” (así denominados pero que se extienden, en rigor, a todos los medios). Con ello, el Estado sincera la dotación de recursos para garantizar que el ejercicio de la libre expresión sea ejercido por voces diversas y por actores también diferentes. Ello exige ampliar la agenda de la regulación en la comunicación: además de los temas pendientes de acceso a la información pública y de publicidad oficial se suman ahora la necesidad de una ley de servicios convergentes y otra de apoyos del Estado a todos los medios de comunicación. La inversión del Estado debería ser concebida en el mismo rango que la que realiza, con recursos públicos, en el ámbito educativo. Liberar al financiamiento de los medios de la pauta publicitaria como única salida económica posible, morigera su inducción al consumo y a la vez habilita una excelente discusión acerca del mejor destino de los recursos que la sociedad toda genera.


Por Martín A. Becerra

Universidad Nacional de Quilmes - Conicet

@aracalacana

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Segundo Artículo:


Breve balance de la ley audiovisual y otras políticas comunicacionales

Precedida por un debate inédito sobre la función de los medios de comunicación, sobre sus intereses y alineamientos, la ley audiovisual (mal llamada “ley de medios”, ya que no regula medios gráficos ni Internet) cumplirá cinco años en octubre próximo y representa un avance considerable respecto del marco regulatorio anterior que, en su origen, se remontaba a la Ley de Radiodifusión 22285 promulgada por el dictador Jorge R. Videla en 1980. Pero esa ley había sido, luego, empeorada por varios gobiernos constitucionales que introdujeron reformas, sobre todo a partir de 1989. El resultado fue un cambalache normativo que además de obsoleto y autoritario en su matriz fundacional fue facilitador de un proceso de concentración de la propiedad del sistema de medios que se caracterizó por la emergencia de grupos multimedios, nacionales y extranjeros, por la financierización de la estructura de propiedad, por la tercerización de las producciones audiovisuales y por la centralización geográfica de la producción de contenidos. También la estructuración del sistema de medios en las cuatro categorías mencionadas es causa y efecto del cambalache regulatorio.



Tras la ruptura de las buenas relaciones que habían cultivado entre el kirchnerismo y el grupo Clarín en el período 2003-2008 y que se manifestó en la extensión de los plazos de explotación de las licencias o la autorización a la fusión entre Cablevisión y Multicanal, medidas firmadas por el ex presidente Néstor Kirchner, el Congreso sancionó en 2009 la ley audiovisual. Su contenido marca un cambio de paradigma normativo al establecer que las licencias audiovisuales podían ser explotadas también por organizaciones sin fines de lucro, que estuvieron proscriptas del uso de ese recurso público durante décadas. Otros países latinoamericanos como Venezuela, Ecuador o México también modificaron sus regulaciones audiovisuales, sin que sus nuevas leyes sean simétricas o equiparables (aunque tienen puntos en común).

La ley de audiovisual 26522/09 tiene carácter inclusivo al comprender a sectores no lucrativos (cooperativas, medios comunitarios) en la gestión de licencias, establecer límites a la concentración de la propiedad, exigir a las emisoras estatales pluralismo y diversidad, habilitar la participación de minorías políticas y sociales en los organismos de aplicación y control y disponer cuotas de contenidos locales e independientes.

Sin embargo, la norma (por las condiciones en las que fue tramitada) excluyó la posibilidad de contener el proceso de convergencia al impedir que servicios como el triple play puedan ser reconocidos legalmente y, además, es rígida en sus disposiciones sobre concentración de la propiedad, en su comprensión del mercado audiovisual (en particular lo referido a cruces entre licencias y contenidos) y en sus exigencias de producción propia. La ley es, además, permisiva frente a las señales extranjeras de contenidos, lo que contrasta con obligaciones estrictas para operadores locales. Por eso, a juicio de este autor la situación actual demanda mejoras y actualizaciones a la norma si el objetivo es aspirar a mayor inclusión, mejor acceso, diversidad y pluralismo.

Ninguna ley es perfecta y también la norma audiovisual vigente requiere mejoras y complementos, pero es preciso señalar que el texto de la ley ha sido elogiado por las Relatorías de Libertad de Expresión de la ONU y de la OEA por su articulación con el respeto al derecho a la comunicación.

A los problemas mencionados se suma que, como señaló la Corte Suprema de Justicia en octubre de 2013 cuando validó la plena constitucionalidad de la ley audiovisual (la norma había sido cuestionada en sede judicial por el grupo Clarín desde 2009 y la causa tuvo sentencia final en octubre de 2013), ni el gobierno ni los principales grupos fueron respetuosos de la misma. Es decir, el problema no tanto del texto legal sino de su aplicación por parte de la autoridad estatal.

La sentencia de la Corte Suprema merece un párrafo especial porque está directamente relacionada con el derecho a la comunicación. La Corte citó a Owen Fiss, para quien la libertad de expresión depende de los recursos de los que se disponen y si éstos están concentrados la libertad de expresión del resto, es decir el interés público, se resiente. Es toda una innovación que el máximo tribunal sentencie que el objetivo de la regulación de medios es el robustecimiento del debate público y que ello demanda regulación, equilibrio y razonabilidad por parte del Estado. Esta innovación coloca el interés público en un lugar de privilegio que suele ser escamoteado cuando se aborda el análisis de los medios desde el excluyente problema de su sostenibilidad.

Ahora bien, la sentencia de la Corte Suprema no sólo fue una pésima noticia para el grupo Clarín, sino que contiene párrafos críticos hacia las políticas de medios del gobierno, en particular de la selectiva aplicación de la ley audiovisual, del abuso y discrecionalidad de uso de la publicidad oficial y de la gubernamentalización de los medios públicos.

En efecto, a pesar de exhibir una activa (y en varios aspectos transgresora) política de comunicación, el gobierno eludió muchos de los compromisos establecidos por la ley audiovisual. La ausencia de concursos, la falta de información fiable sobre quiénes son los licenciatarios, el sobreactuado oficialismo de los medios estatales, la inyección de recursos económicos de carácter público para promover a grupos empresariales carentes de controles sociales y políticos, se combinan para desatender la democratización prometida en la discusión de los años 2008 y 2009.

Lejos de concretar la paulatina entrega del 33% de frecuencias del espectro radioeléctrico para su gestión por parte de actores sociales sin fines de lucro (una de las mayores innovaciones de la ley audiovisual), la mayoría de los medios autorizados a funcionar tras la sanción de la ley son emisoras estatales (ver Chequeado, 2013). La ley exige que la política audiovisual se organice tomando como referencia la elaboración de un plan técnico de frecuencias. Esta información, esencial para conocer cuántas frecuencias hay en cada localidad y cuántas están ocupadas y disponibles, no ha sido construida aún por el Poder Ejecutivo. La ausencia de este indicador elemental entorpece toda posibilidad de avance en la concreción del 33% para actores no lucrativos.



No obstante, desde la aprobación de la ley audiovisual hay movimientos en el mapa de medios, por lo que es inexacto afirmar que, ante la implosión de la expectativa democratizadora propia del debate de 2009, entonces “nada cambia”. Los movimientos que se registran en el sistema de medios responden a una política que no tiene, necesariamente, a la norma audiovisual como referencia aunque la invoca con insistencia. El Programa Fútbol para Todos, la iniciativa gubernamental sobre la televisión digital terrestre (TDA), los subsidios para la descentralización geográfica de producciones audiovisuales, la creación de bancos de imágenes y sonidos de acceso público (BACUA; CDA), los fondos concursables para producciones de medios comunitarios (FOMECA) y la inyección de recursos estatales para estimular el crecimiento de grupos empresariales como Vila-Manzano, Indalo (Cristóbal López), DirecTV o Electroingeniería, merecen consignarse como políticas activas que en algunos casos se inscriben, en otros contravienen y en varios más corren en paralelo a lo dispuesto por el texto legal vigente. Así, hay grupos en ascenso (Vila-Manzano, Cristóbal López, Szpolski, Fintech) y un Estado que emerge como emisor con potencia y una dinámica presencia como operador audiovisual, movimientos que representan novedades en el mapa de medios argentino

En contrapartida, Clarín ve acechado el dominio que ejerció durante décadas. El gobierno y los grupos empresariales más importantes del sector pugnan por relaciones de fuerza distintas a las que expresó el campo mediático desde fines de la década de 1980. Vender licencias que expiran dentro de tres o cuatro años en un marco político de sucesión presidencial y de fuerte controversia judicial puede orientar las transferencias hacia un escenario de testaferros y de absorciones formales que tengan escaso impacto en la lógica mercantil que prima en el sistema de medios.








En este contexto, sobresale el proceso actualmente en curso de adecuación del grupo Clarín a la ley audiovisual y la falta de exigencias de cumplimiento hacia otros grupos concentrados como Telefónica (que opera el canal Telefé de AMBA y ocho licencias televisivas en el interior), Pierri o DirecTV. En el caso de Clarín, forzado por el aval del Poder Judicial a una regulación que resistió como una embestida dirigida en su contra, el grupo presentó un plan de adecuación que puede incluir nuevos capítulos de judicialización. El plan consiste en la separación en seis unidades empresariales del grupo, que aprovecha la circunstancia para avanzar más allá de las exigencias de la ley audiovisual y reorganizarse a fondo. Así, la escisión del grupo Clarín supone que Ernestina y Magnetto se alejarán del diario Clarín después de décadas de conducir la empresa. Ellos se concentran en la Unidad 2, que es la más rentable, conservando la mayor parte de las acciones del grupo que hoy poseen en la que es la empresa más rentable. El plan de los cuatro principales accionistas conserva el control de los principales medios del grupo y respeta además los requisitos legales por cuanto todos ellos poseen los antecedentes necesarios para explotar licencias audiovisuales.

Si bien aún se está desarrollando la adecuación y hay un trato selectivo del Estado hacia otros grupos concentrados ligados al oficialismo, la propuesta del grupo Clarín es inédita en la región y enfoca la convergencia tecnológica a partir de una obligación regulatoria. El resultado material de su adecuación no se verá de inmediato y es probable que algunos de los movimientos en un sentido sean revisados por el propio multimedios a partir de 2015, dado que en algunos casos las ventas de activos poseen cláusulas de recompra.

Esta adecuación se enmarca en la mencionada reorganización de las fuerzas empresariales que dominan el sistema de medios de comunicación y que por ahora conviven (en algunos casos a partir del conflicto constante y en otros, del alineamiento incondicional) con los medios operados por el Estado con lógica gubernamental y línea editorial intemperante hacia otras perspectivas. La promesa de un acceso generoso para organizaciones de la sociedad civil no se ha cumplido. El tiempo político que marca las elecciones nacionales de 2015 como final de mandato de la presidenta Cristina Fernández de Kirchner es asumido como un punto de inflexión por todos los actores, los consolidados, los amenazados, los emergentes y los que, históricamente proscriptos, pujan por ser considerados como licenciatarios. Por ahora esa es la única certeza que los unifica.





Los medios comunitarios y alternativos representan en el sistema de medios una forma radicalmente distinta de concebir la producción y circulación de noticias y entretenimientos a la de los medios comerciales y a la de los medios estatales. La propia gestación del sector es indicativa de modos de organización de base que en la Argentina dinamizaron la transición democrática y que proyectan  respuestas distintas a las que brindan los medios tradicionales frente a las necesidades sociales de información,  lo que significa en algunos casos respuestas alternativas y, en otros, complementarias.

Cierto es que el propio sector comunitario/alternativo debate sobre sus limitaciones y su vocación popular y masiva. En este debate habita una cuestión central, incómoda políticamente para quienes están identificados con esta causa, acerca del vínculo y del arraigo social y popular de estas emisoras, de su respaldo y de su alcance y masividad. Pero estos debates no pueden darse en el vacío, sino que precisan de la comprensión de las lógicas de funcionamiento del resto del sistema de medios y de sus regulaciones de hecho y de facto, lo que incluye la consideración sobre la economía formal e informal de la producción y circulación masiva de contenidos en la Argentina.


17 comentarios:

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